Por Paulo Roberto Bastos Jr.
Fue publicada en el Boletín del Ejército del pasado 5 de mayo, la ordenanza EME/C Ex No. 1.011, del 24 de abril de 2023, que aprueba el plan de recepción del vehículo de combate de caballería blindada 8X8 (VBC Cav 8×8) en el ámbito del Ejército de Brasil (EB20-P-04.004), entrando en vigor en la fecha de su publicación.
Este plan tiene como objetivo regular las acciones necesarias para albergar los nuevos vehículos, detallar los objetivos y actividades logísticas, operativas, de instrucción y orientar y regular las acciones de las nuevas conductas, de acuerdo con las nuevas capacidades adquiridas, que resultan en la expansión de la capacidad militar y la superioridad de la confrontación.
La expansión de las capacidades operacionales de la Fuerza se debe en gran medida a su moderno y poderoso sistema de armas, equipado con un cañón de 120 mm, estabilizado y con sofisticada optrónica. De hecho, los medios de alta tecnología y la combinación de estos con inteligencia, reconocimiento, vigilancia y adquisición de objetivos (IRVA) alteran significativamente el combate, lo que requiere la necesidad de revisar la doctrina vigente.
A nivel de organización, la adopción del VBC Cav en las unidades de Caballería mecanizada implica una modificación en su personal, pues este vehículo requiere la adición de un militar más a la guarnición, en comparación con el VBR EE-9 Cascavel, así como la incorporación del nuevo vehículo resulta en reajuste en la distribución de posiciones, cambiando la organización de escuadrones y regimientos, e implicando la necesidad de una nueva cadena logística (que se facilitará debido a su comnabilidad con el VBTP 6X6 Guaraní).
Según la nueva planificación del Estado Mayor del Ejército de Tierra, el cronograma de recepción y destino del VBC Cav Centauro II será este:
2024
02 (lote de muestra) para el Centro de Instrucción Blindada (CI Bld), que después de la evaluación y el entrenamiento van al 6º Escuadrón de Caballería Mecanizada;
07 para el 1º Regimiento de Caballería Mecanizada;
2025
05 para el 1º Regimiento de Caballería Mecanizada;
02 para el 2º Regimiento de Caballería Mecanizada;
2026
07 para el 2º Regimiento de Caballería Mecanizada;
2028
06 para el 19º Regimiento de Caballería Mecanizada;
2029
03 para el 19º Regimiento de Caballería Mecanizada;
04 para el 10º Regimiento de Caballería Mecanizada;
2030
07 para el 10º Regimiento de Caballería Mecanizada;
2031
06 para el 10º Regimiento de Caballería Mecanizada;
01 para el 11º Regimiento de Caballería Mecanizada;
2032
06 para el 11º Regimiento de Caballería Mecanizada;
01 para el 17º Regimiento de Caballería Mecanizada;
2033
07 para el 17º Regimiento de Caballería Mecanizada;
2034
04 para el 17º Regimiento de Caballería Mecanizada;
03 para el 8º Regimiento de Caballería Mecanizada;
2035
07 para el 8º Regimiento de Caballería Mecanizada;
2036
02 para el 8º Regimiento de Caballería Mecanizada;
05 para el 5º Regimiento de Caballería Mecanizada;
2037
01 para el 5º Regimiento de Caballería Mecanizada;
06 para el 12º Escuadrón de Caballería Mecanizada;
Esta disposición cambia el cronograma inicial, pero continúa incluyendo el Comando Militar del Sur (CMS), con 52 vehículos en la 1ª y 2ª Brigadas de Caballería Mecanizada y el CI Bld; el Comando Militar Occidental (CMO), con 32 vehículos en la 4ª Brigada de Caballería Mecanizada; y el Comando Militar del Amazonas (CMA), con seis vehículos en la 1ª Brigada de Infantería de Selva, lo que demuestra la preocupación de la Fuerza Terrestre con la seguridad fronteriza.
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