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Prohibir las alas por miedo al vuelo: "La vana ilusión de curar con decretos lo que se combate con carácter"

hace 3 minutos
6 min de lectura

Por Camilo Mendoza


«Cuanto más corrupto es el Estado, más numerosas son las leyes». — Tácito.

La actual discusión legislativa sostenida en la Cámara de Representantes de Colombia respecto al proyecto de ley que pretende emitir un nuevo marco normativo para el uso de Sistemas de Aeronaves No Tripuladas (UAS) en el territorio nacional evidencia una preocupante desconexión entre el aparato estatal y la realidad operativa del país. La tendencia institucional a sobredimensionar la amenaza y generar un exceso de regulación no es un fenómeno aislado; responde directamente a dos factores estructurales: la instrumentalización de estos dispositivos en el marco del conflicto armado interno colombiano y la profunda ignorancia técnica que caracteriza al entramado gubernamental al legislar sobre tecnologías emergentes.

En la práctica, el ecosistema de los drones en Colombia ya se encuentra sometido a un corsé normativo de carácter eminentemente punitivo y restrictivo. A la existencia del Reglamento Aeronáutico de Colombia RAC 100 —un documento fundamental, pero hiperburocrático que rige la operación de UAS— se suman la Resolución No. 000242 de la DIAN y las rígidas disposiciones del Código de Comercio que regulan los montos de las pólizas de seguros aeronáuticos. Este entramado opera como una camisa de fuerza que ahoga el desarrollo tecnológico, económico y social de un sector de la nación.



El RAC 100, concebido teóricamente para ordenar el espacio aéreo y garantizar la seguridad operacional, se ha convertido en una barrera de entrada insuperable para el emprendimiento y la innovación. Los tiempos de certificación exigidos por la autoridad aeronáutica promedian entre 12 y 18 meses por cada caso. Para una pequeña o mediana empresa, para un productor agrícola, un investigador, un topógrafo o un operador independiente, esperar año y medio y destinar recursos financieros exorbitantes para obtener una autorización formal representa la inviabilidad económica de sus proyectos. La norma, lejos de incentivar el cumplimiento, castiga la formalización.

El resultado lógico de esta burocracia irrestricta y del exceso normativo es exactamente el opuesto al perseguido por el legislador: en lugar de ordenar el sector, se fomenta masivamente la ilegalidad. Aquellas personas naturales, pequeños empresarios y operadores locales que no cuentan con el capital suficiente para pagar a consultorías especializadas o empresas de acompañamiento legal y técnico para sortear el laberinto del RAC 100 se ven empujados de manera inexorable a operar bajo la sombra de la norma. Se criminaliza al ciudadano honesto que busca integrar una herramienta de alta productividad a su labor cotidiana, mientras el Estado, atrapado en su propia ineficiencia, demuestra una absoluta incapacidad para distinguir entre el riesgo operacional civil y la amenaza criminal.

Es imperativo analizar con rigor técnico el origen de esta hiperregulación. La incorporación de los UAS por parte de los grupos armados organizados al margen de la ley en el conflicto colombiano —utilizándolos de forma criminal para misiones de reconocimiento o como vectores de ataque con artefactos explosivos improvisados— ha generado una respuesta emocional y desproporcionada desde el Ejecutivo y el Legislativo. El Estado, al no saber cómo contener la criminalidad con inteligencia y capacidades tácticas efectivas, opta por el camino más fácil y perezoso: legislar contra el ciudadano de bien. Se asume erróneamente que incrementar el volumen de decretos, resoluciones, directivas y mandatos neutralizará la acción de los violentos.


La desinformación, el caos mediático y el pánico generado por el desconocimiento y la inacción del entramado estatal, se configuran como un estigma para la industria dron.
La desinformación, el caos mediático y el pánico generado por el desconocimiento y la inacción del entramado estatal, se configuran como un estigma para la industria dron.

Esta premisa es falsa y peligrosa. Ninguna norma, por restrictiva o punitiva que sea, desestimulará jamás la tentativa terrorista o criminal de estructuras al margen de la ley que consuetudinaria, histórica y sistemáticamente han vulnerado el ordenamiento jurídico. Los terroristas no consultan el RAC 100, no solicitan permisos ante la Aeronáutica Civil, no compran pólizas de seguros tarifadas según el Código de Comercio ni se detienen ante una resolución de la DIAN. La regulación estatal recae exclusivamente sobre el sector formal, sobre la industria legítima y sobre los ciudadanos que cumplen la ley, asfixiándolos bajo el pretexto de la seguridad nacional.

Para evidenciar el absurdo lógico de esta tesis legislativa, es necesario plantearse cuestionamientos fundamentales que desnudan la falacia del prohibicionismo tecnológico: ¿Se deben restringir con decenas de decretos los cilindros de gas doméstico porque los grupos narcoterroristas y las guerrillas los han empleado históricamente para fabricar cilindros bomba con los que han masacrado a poblaciones enteras en el territorio nacional? ¿Se deben prohibir, confinar o someter a licencias de 18 meses de trámite los vehículos automotores particulares porque los carteles de la droga y las organizaciones criminales los han utilizado recurrentemente para cargarlos de explosivos y asesinar indiscriminadamente a quienes vivimos dentro de la ley?

La respuesta es evidente. Ningún Estado sensato prohíbe el acero, los automóviles, los fertilizantes o los cilindros de gas bajo el argumento de que pueden ser instrumentalizados para el delito. La ley persigue al criminal, no al instrumento. Sin embargo, en el ámbito de los UAS, el aparato legislador colombiano ha caído en la trampa de normar el objeto en lugar de sancionar la conducta delictiva, castigando el progreso tecnológico por el simple hecho de que una facción armada lo utiliza con fines perversos.

La industria dron representa un mercado emergente de importancia estratégica para la economía colombiana. Su versatilidad constituye una herramienta decisiva para la transformación y optimización de sectores determinantes del desarrollo nacional. En la agricultura de precisión, los UAS permiten la optimización de recursos hídricos, la aplicación focalizada de agroquímicos y el monitoreo fitosanitario, incrementando la competitividad del campo. En la gestión del riesgo y la atención de desastres naturales, son vitales para la evaluación rápida de daños, la ubicación de personas atrapadas y la cartografía de zonas colapsadas donde la presencia humana representa un riesgo inminente. Asimismo, cumplen un rol insustituible en la vigilancia de infraestructura crítica, la seguridad nacional, el control ambiental, la protección de fuentes hídricas, los levantamientos topográficos y catastrales, y la investigación científica.



Aprovechar prospectivamente esta tecnología es una obligación de Estado. Colombia no puede permitirse el lujo de legislar desde el miedo y la ignorancia, convirtiendo una ventaja competitiva en un privilegio exclusivo para grandes capitales capaces de absorber los costos de la tramitología aeronáutica. El futuro del crecimiento económico nacional durante las décadas venideras depende de la flexibilidad inteligente de sus normas. El legado que debe dejar esta generación de funcionarios no puede ser un monumento a la burocracia y a las restricciones excesivas que sepulten la innovación bajo toneladas de papel sellado, sino un marco habilitante que impulse la prosperidad y la integración tecnológica.

Desde CONDOR DRONE CORP., como máximo exponente técnico del sector en el país, se advierte que la solución no pasa por la creación de un nuevo decreto redundante que se superponga conflictivamente al RAC 100 y a la normativa fiscal y comercial existente. La solución exige una simplificación radical de los procesos de certificación, la diferenciación clara entre la operación comercial de alto riesgo y la operación recreativa o de baja complejidad, y la integración activa de los actores reales de la industria en las mesas técnicas de revisión normativa.



Ignorar la voz de los empresarios, académicos, pilotos, deportistas y expertos que integran el ecosistema dron es un error estratégico de graves proporciones. Pretender regular una tecnología compleja de doble uso sin contar con el concurso de quienes la operan a diario es condenar el proyecto de ley al fracaso operativo y a la inviabilidad jurídica. Las instituciones del Estado deben comprender que la seguridad operacional no se decreta mediante la multiplicación infinita de prohibiciones, sino mediante la promoción de una cultura de cumplimiento basada en incentivos racionales, agilidad administrativa y cooperación técnica.

De persistir en la ruta del castigo regulatorio, el Congreso de la República no hará otra cosa que consolidar un sistema donde la legalidad sea un lujo inaccesible y la informalidad la única vía de supervivencia para la industria. Es el momento de rectificar el rumbo, de abandonar los complejos punitivos frente a la tecnología y de integrar con voluntad de servicio a los verdaderos conocedores del sector. El peso de una decisión errada en esta materia recaerá directamente sobre aquellos que, teniendo la oportunidad histórica de modernizar el marco normativo del país, prefirieron ceder ante la comodidad de la burocracia y la miopía legislativa.

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